CAP

¿Qué es el CAP de conductores?

Desde el 11 de septiembre de 2008 los conductores de autocar (en 2009 de camión) deberán cumplir con una nueva norma habilitante para su ejercicio profesional: UNA FORMACIÓN PROFESIONAL OBLIGATORIA.

Legislación de referencia

Directiva 91/439/CEE establece una formación obligatoria para determinados conductores. Directiva 2003/59/CE relativa a la cualificación inicial y la formación continúa de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera. Real Decreto 1032/2007 de 20 de julio por el que se regula la CUALIFICACIÓN INICIAL Y FORMACIÓN CONTINUA de los CONDUCTORES de determinados vehículos destinados al transporte. Orden FOM 2607_2010 por el que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera. Para profesionales en activo en esta página encontrará también información sobre su CAP CONTINUA.

No es necesario el permiso de conducir previo para realizar el curso CAP INICIAL. Si será necesario el permiso de conducir correspondiente, para dedicarse profesionalmente al transporte. (Se puede obtener antes del CAP INICIAL, durante la formación CAP o posteriormente a la obtención del CAP). El curso es obligatoriamente presencial, con dos modalidades: 280 horas en modalidad Ordinaria o 140 horas en modalidad Acelerada. Posterior al curso hay que realizar un examen convocado por las Direcciones Autonómicas de Transporte. Se trata de un examen teórico con 100 preguntas tipo test, con seis convocatorias al año.

Es necesario inscribirse en plazo para la realización de los exámenes y se debe estar atento a las convocatorias.

Curso CAP modalidad ORDINARIA


280 horas lectivas, de las cuales 20 son de conducción.

•Habilita, a partir de los 18 años, para conducir vehículos con los permisos D1 y D1+E ó D y D+E.
En el caso de permisos D y D+E con una limitación de 50 km. de radio de acción. (Nota:
queda pendiente de resolver si la D.G. de Tráfico permitirá la obtención de permisos D
a los menores de 21 años).
• Habilita, a partir de los 21 años, para conducir vehículos con los permisos D y D+E.
•Habilita, a partir de los 18 años, para conducir vehículos con los permisos C o C+E.

Curso CAP modalidad ACELERADA

140 horas lectivas, de las cuales 10 son de conducción

•Habilita, a partir de los 21 años, para permisos D1 y D1+E ó D y D+E. En el caso de D y D+E con la limitación de 50 km.
•Habilita, a partir de los 23 años, para permisos D y D+E.
•Habilita, a partir de los 18 años, para conducir vehículos con los permisos C1 o C1+E.
•Habilita, a partir de los 21 años, para conducir vehículos con los permisos C o C+E

Curso CAP Continua

Los conductores con permisos D1, D1+E, D o D+E obtenido ANTES del 11 de septiembre de 2008, cuyo carnet de conducir termine en:

•1 ó 2 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2011
•3 ó 4 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2012
•5 ó 6 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2013
•7 u 8 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2014
•9 ó 0 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2015

Los conductores con permisos C1, C1+E, C o C+E obtenido ANTES del 11 de septiembre de 2009, cuyo carnet de conducir termine en

•1 ó 2 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2012
•3 ó 4 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2013
•5 ó 6 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2014
•7 u 8 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2015
•9 ó 0 deben realizar el primer curso antes del 10 de septiembre de 2016

Una vez se ha realizado el primer curso de CAP Continua la fecha de renovación será la que figure en la tarjeta CAP del conductor.

Formación profesional obligatoria de 35 horas cada 5 años, se podrán impartir por periodos discontinuos, pero con un mínimo de 7 horas de duración cada periodo, el curso se debe realizar durante un mismo año natural y completarse en un mismo centro autorizado

Permitirá actualizar los conocimientos esenciales. Parte podrá impartirse en simuladores de alto nivel. Objetivo prioritario: Seguridad en la carretera y racionalización del consumo de carburante

Permite la recuperación de puntos, hasta 4, si el centro está habilitado para ello o tiene un acuerdo con un centro autorizado para hacer compatible ambas formaciones.

Quienes tengan permisos C y D, solamente tienen que hacer un curso, válido para ambos permisos.

En ITP realizamos todos los cursos CAP tanto formación inicial como continua, una buen formación da como resultado un conductor profesional seguro. , todos estos cursos son bonifícales con la fundación tripartita.

 

¿ QUÉ ES EL ADR?

Las siglas ADR, se corresponden con las palabras inglesas Agreement on Dangerous Goods by Road , traducido al español ADR significa Acuerdo De Transporte De Mercancías Peligrosas Por Carretera.

Se entiende por mercancías peligrosas (MMPP) aquellas materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé, es decir las MMPP son aquellas que en caso de accidente durante su transporte, pueden suponer riesgos para la población, los bienes y el medio ambiente, y cuyas condiciones de transporte se encuentran reguladas de forma especial.


Se entiende por mercancías peligrosas (MMPP) aquellas materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé, es decir las MMPP son aquellas que en caso de accidente durante su transporte, pueden suponer riesgos para la población, los bienes y el medio ambiente, y cuyas condiciones de transporte se encuentran reguladas de forma especial.


El ADR es, en definitiva, un acuerdo europeo que regula el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, en este caso. Mediante el cual la mayoría de los Estados de Europa han convenido una serie de normas o reglas comunes para el transporte de mercancías peligrosas por carretera en su territorio y para el paso por las fronteras. Cumplir el ADR significa tener en cuenta una serie de aspectos importantes a la hora de realizar un transporte de mercancías peligrosas.

ITP ADR

Como es de suponer en España existe un Real Decreto que obliga a cumplir el ADR, es normal que este acuerdo sea revisado cada cierto tiempo, cada dos años, con el fin de tener en cuenta los avances técnicos, así como la aparición de materias nuevas, cambios en el etiquetado, etc. El 1 de julio de 2011 entró en vigor el actual ADR.

En resumen podemos decir que el ADR regula:
•Las materias que se consideran peligrosas y aquellas que se pueden transportar por carreta.
•Los tipos de envases y embalajes que se pueden utilizar.
•El etiquetado y la señalización de bultos y vehículos.
•Documentación necesaria para poder realizar este transporte.
•Tipos de vehículos, equipamiento especial y certificados.
•Las normas sobre la construcción de cisternas.
•Carga, estiba y descarga de mercancías.


En ITP contamos con profesores especializados en Mercancías Peligrosas estos cursos versan sobre las diferentes materias peligrosas las cuales se pueden transportar según la normativa en materias peligrosas ADR.


Estos cursos son básicos + cisternas, explosivos, radiactivos, todos estos cursos son bonifícales con la fundación tripartita.

ITP ADR